En la Sentencia T-775 de 2008, la Corte Constitucional señaló que, no obstante, la Constitución Política de Colombia 1991 establece como mínimo la provisión obligatoria del grado de transición, el contenido del derecho debe ir ampliándose progresivamente hasta alcanzar una cobertura de tres grados: prejardín, jardín y transición
File Type:
htm
Categories:
Regulatory management
Artículos:
N/A
Idioma:
Español