El artículo 13 menciona que los Estados parte de dicho acuerdo reconocen el derecho a la educación de todas las personas y convienen que su orientación deberá ir hacia el libre desarrollo de la personalidad, al igual que su gratuidad en primaria, su acceso general en secundaria y vocacional, y el acceso equitativo en el nivel superior.
File Type:
www
Categories:
Regulatory management
Artículos:
Artículo 13
Idioma:
Español