En las Sentencias C-313 de 2003 y C-647 de 2006, la Corte Constitucional sostuvo que los bachilleres pedagógicos solo tienen derecho a permanecer en la carrera docente del Estatuto 2277 si cumplen con los requisitos establecidos en esta norma. Además, la Corte aclaró que el Decreto Ley 1278 de 2002 solo se aplica a los docentes que se vincularon después de su entrada en vigencia o a aquellos docentes antiguos que deseen acogerse voluntariamente a este régimen y cumplan con sus requisitos.
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