En la Sentencia SU-011 de 2018, la Corte Constitucional determinó que la participación de las comunidades debe ser garantizada a lo largo de todo el proceso del derecho a la etnoeducación. En este sentido, la Corte puntualizó que el método de selección e incorporación de etnoeducadores debe ser consultado previamente con las comunidades, como un mecanismo para asegurar su participación activa y efectiva en el proceso.
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Categorías:
Gestión normativa
Artículos:
N/A
Idioma:
Español
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