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Decreto Ley 2277 de 1979

El artículo 33 establece que, para acceder al cargo de directivo, el docente debe cumplir con los siguientes requisitos: tener título docente, contar con un grado en el escalafón, poseer experiencia docente mínima y disponer de experiencia o capacitación específica también mínima.
Tipo de archivo: asp
Categorías: Gestión normativa
Etiquetas: Comunidad educativa, Directivos docentes, Leyes y decretos ley, Requisitos
Autor: Sistema Único de Información Normativa
Artículos: Artículo 33
Idioma: Español
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