El Decreto 1075 de 2015 establece que, por regla general, la educación básica y media debe recibirse de manera presencial, salvo para la población adulta o personas en condiciones excepcionales. En cuanto al servicio de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, el decreto permite la oferta de programas a distancia siempre que se garantice un mínimo del 80% de virtualidad, y la institución estará obligada a proporcionar información clara a los aspirantes antes de la matrícula sobre los requerimientos tecnológicos y de conectividad necesarios para cursar el programa.
Tipo de archivo:
asp
Categorías:
Gestión normativa
Artículos:
Artículo 2.3.3.1.2.3. Artículo 2.3.3.5.3.4.5. Artículo 2.3.3.5.3.5.2. Artículo 2.6.4.1. Artículo 2.6.4.5.
Idioma:
Español