En esta circular se dan orientaciones para la atención y prestación de servicios en favor de niñas y niños con discapacidad. Se determina que, si una entidad territorial no puede garantizar la inclusión, podrá contratar servicios educativos con organizaciones de reconocida trayectoria e idoneidad en la prestación o promoción del servicio educativo.
						Tipo de archivo:
						htm					
				
				
									
						Categorías:
						Gestión normativa					
				
									
				
									
				
														
						Artículos:
						N/A					
										
						Idioma:
						Español					
									
									
						Descargas
						32					
				
							
