El artículo 6 establece la articulación entre la educación media y la educación superior, señalando que las instituciones técnicas profesionales mantendrán el nivel técnico en los programas que ofrezcan. Esto permitirá a los estudiantes que hayan concluido su educación básica y deseen iniciar una carrera técnica, tener la oportunidad de continuar su educación superior. Además, las instituciones serán autónomas para establecer los criterios de homologación de contenidos.
Tipo de archivo:
asp
Categorías:
Gestión normativa
Artículos:
Artículo 6
Idioma:
Español
Descargas
5