El artículo 22.1. determina que un derecho progresivo de las comunidades étnicas es participar en la formulación y ejecución de los programas de formación profesionales de aplicación general.
						Tipo de archivo:
						pdf					
				
				
									
						Categorías:
						Gestión normativa					
				
									
				
									
				
														
						Artículos:
						Artículo 22.1.					
										
						Idioma:
						Español					
									
				
							
