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Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ratificada por Ley 22 de 1981)

La convención establece en sus artículos 5 y 7 que los Estados parte deben prohibir y eliminar la discriminación racial en todas sus formas, y garantizar el derecho de todas las personas a la igualdad ante la ley, incluyendo el derecho a la educación y formación profesional. De igual manera, se comprometen a tomar medidas inmediatas y eficaces para combatir los prejuicios que puedan conducir a la discriminación racial, especialmente en las áreas de enseñanza y educación.
Tipo de archivo: www
Categorías: Gestión normativa
Etiquetas: Definición de educación intercultural, Educación para poblaciones, Enfoque de inclusión y equidad, Instrumentos internacionales
Autor: Naciones Unidas Derechos Humanos
Artículos: Artículo 5 Artículo 7
Idioma: Español