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Decreto 1075 de 2015

El Decreto Único Reglamentario del Sector Educación establece que el ICETEX puede otorgar estímulos y alivios especiales a los titulares de créditos educativos en etapa de estudios o amortización, por su excelencia académica, aportes a la producción de conocimiento y buena conducta, entre 2021 y 2026. Los estímulos se refieren a tasas de interés diferenciales, mientras que los alivios consisten en la suspensión temporal de pagos o acuerdos especiales de pago. No obstante, la política de alivios debe considerar la sostenibilidad fiscal. En cuanto a las condonaciones, se aplicarán a los créditos educativos de los mejores resultados de las pruebas SABER PRO. En lo que se refiere a los posgrados, el decreto señala que el ICETEX llevará a cabo convocatorias anuales para seleccionar beneficiarios. Además, el Decreto 1068 de 2015 contempla la deducción y retención como un mecanismo de pago contingente al ingreso para las nuevas obligaciones de las personas naturales beneficiarias, las cuales deben ser proporcionales al ingreso recibido por los beneficiarios.
Tipo de archivo: php
Categorías: Gestión normativa
Etiquetas: Administración del servicio, Administración y prestación del servicio educativo, Decretos Ordinarios, Instituto de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX)
Autor: Función Pública
Artículos: Artículo 1.1.2.2. Artículo 1.1.2.1.4. Artículo 2.3.3.3.8.1.2. Artículo 2.3.3.5.1.6.2. Artículo 2.3.8.7.1.1. Artículo 2.5.3.3.4.3.1. Artículo 2.5.3.3.6.1. Artículo 2.5.3.3.6.11. Artículo 2.5.3.4.2.1.1 Artículo 2.5.3.4.3.2.1.
Idioma: Español