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Ley 1002 de 2015

El artículo 4 establece que el ICETEX es una entidad especial cuyo objetivo principal es generar mecanismos para facilitar el acceso a la educación superior. Para ello, debe destinar el 40% de sus recursos a ampliar la cobertura de créditos educativos, el 30% a otorgar subsidios y el 30% a incrementar su capital. Además, se requiere que la entidad ofrezca diversas modalidades de crédito para garantizar a la población la culminación de sus estudios, con intereses inferiores a los del mercado financiero. Con este fin, el ICETEX tiene la facultad legal de captar fondos de ahorro privado y administrarlos, emitir y circular Títulos de Ahorro Educativo (TAE) y realizar operaciones financieras con recursos públicos y privados.
Tipo de archivo: asp
Categorías: Gestión normativa
Etiquetas: Administración del servicio, Administración y prestación del servicio educativo, Instituto de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX), Leyes y decretos ley
Autor: Sistema Único de Información Normativa
Artículos: Artículo 4
Idioma: Español