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Ley 1064 de 2006

El artículo 5 determina que los certificados de aptitud ocupacional de expedidos por instituciones acreditadas en Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano son reconocidos como requisitos adecuados de formación para acceder a empleos públicos de nivel técnico.
Tipo de archivo: asp
Categorías: Gestión normativa
Etiquetas: Certificados o diplomas, Educación para el trabajo y el desarrollo humano, Leyes y decretos ley, Niveles educativos
Autor: Sistema Único de Información Normativa
Artículos: Artículo 5
Idioma: Español