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Ley 115 de 1994

El artículo 55 define la etnoeducación como la educación ofrecida a grupos étnicos que forman parte de la nación y que poseen una cultura, lengua, tradiciones y derechos autóctonos propios y distintivos.
Tipo de archivo: asp
Categorías: Gestión normativa
Etiquetas: Definición de educación intercultural, Educación para poblaciones, Enfoque de inclusión y equidad, Leyes y decretos ley
Autor: Sistema Único de Información Normativa
Artículos: Artículo 55
Idioma: Español