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Sentencia C-085 de 2016

En la Sentencia C-085 de 2016, la Corte Constitucional señaló que es razonable desde el punto de vista constitucional que las cátedras en educación se diferencien según los niveles educativos, tomando en cuenta las diferencias en el desarrollo físico, psicológico, cognitivo y en la capacidad volitiva de los estudiantes.
Tipo de archivo: htm
Categorías: Gestión normativa
Etiquetas: Cátedras obligatorias, Educación básica, Jurisprudencia, Niveles educativos
Autor: Corte Constitucional
Artículos: N/A
Idioma: Español