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Sentencia C-983 de 2005

En Sentencia C-983 de 2005 la Corte Constitucional indicó que las competencias entre el Ministerio y las entidades territoriales deben regirse bajo los principios de subsidiariedad, coordinación y concurrencia, según los cuales la Nación no puede desprenderse de la prestación del servicio y estar pendiente de aquellas que más lo necesiten.
Tipo de archivo: htm
Categorías: Gestión normativa
Etiquetas: Administración del servicio, Administración y prestación del servicio educativo, Jurisprudencia, Ministerio de Educación Nacional (MEN)
Autor: Corte Constitucional
Artículos: N/A
Idioma: Español