La Ley 115 de 1994 establece que las autoridades educativas de los lugares donde se hablen lenguas nativas deben garantizar que la enseñanza de estas sea obligatoria en las escuelas de dichas comunidades. Además, deben tomar medidas para asegurar que en las comunidades donde se hable una lengua nativa, los educadores que atiendan todo el ciclo educativo hablen y escriban esta lengua y conozcan la cultura del grupo.
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Categorías:
Gestión normativa
Artículos:
Artículo 56 Artículo 57 Artículo 58 Artículo 62
Idioma:
Español
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