La Ley 2167 de 2021 establece que las asociaciones de padres de familia (APF) pueden ejecutar el servicio de alimentación escolar con recursos de los Fondos de Servicios Educativos, siempre y cuando manifiesten su interés en hacerlo. En este caso, se deberá implementar un mecanismo de supervisión diferente para evitar posibles conflictos de interés.
Tipo de archivo:
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Categorías:
Gestión normativa
Artículos:
Artículo 3
Idioma:
Español