La Convención establece que los Estados parte deberán adoptar medidas para eliminar progresivamente la discriminación y fomentar la integración en la prestación de servicios, incluyendo los servicios de educación, así como para priorizar la detección temprana, la intervención y el tratamiento de las personas en situación de discapacidad.
File Type:
html
Categories:
Regulatory management
Artículos:
Artículo 3
Idioma:
Español
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