En la Sentencia C-555 de 1994, la Corte Constitucional consideró que los derechos, incluido el derecho a la educación, no son absolutos. Como tal, indicó que el esfuerzo humano y fiscal del Estado debe ser correspondido por los estudiantes. Por lo cual, concedida la oportunidad de estudiar, si reiteradamente el estudiante incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina, esto puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión del sistema educativo. Si bien el derecho se funda en la permanencia como principio, excepcionalmente admite la separación del estudiante cuando se dan causas graves y objetivas.
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Regulatory management
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Español
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