Según la Constitución Política de Colombia de 1991, la ley debe establecer las formas en que los departamentos y municipios dividirán sus competencias con la Nación, incluyendo el servicio de educación.
La norma establece que las secretarías departamentales de educación tienen tres funciones principales: administrar y garantizar el funcionamiento, oportunidad y calidad de la información educativa; prestar asistencia técnica educativa, financiera y administrativa a los municipios para la prestación del servicio;...
El Decreto Único Reglamentario profundiza en las competencias de las Secretarías, incluyendo sus responsabilidades en relación con los docentes. Entre estas, se encuentra la facultad de organizar el proceso de evaluación anual de los docentes en su jurisdicción, de organizar...
La Resolución 332 de 2021 establece los requisitos para el informe de seguimiento de los recursos asignados al PAE por parte de las entidades territoriales.
La Resolución 18858 de 2018 expiden los Lineamientos técnicos y administrativos, los estándares y las condiciones mínimas del Programa de Alimentación Escolar (PAE) para Pueblos Indígenas. Esta, a su vez, fue desarrollada por la Resolución 335 de 2021 del programa...
Esta Resolución define los lineamientos que deben seguir las entidades territoriales en relación con los asuntos técnico-administrativos, los estándares y las condiciones mínimas Programa de Alimentación Escolar (PAE).
Esta Resolución conjunta regula las cuentas maestras del PAE como medio financiero que promueve la transparencia en el uso de los recursos destinados al programa.
Esta circular establece los lineamientos técnicos que deben tener en cuenta las entidades territoriales para la planeación del Programa de Alimentación Escolar (PAE) en el marco de la emergencia sanitaria por COVID 19 del año 2022.
Esta directiva recomienda el porcentaje del costo cupo/niño/día que debe ser cubierto con los recursos de Alimentación Escolar del Sistema General de Participaciones para asegurar la calidad del servicio y atender al mayor número de alumnos posible.
Este concepto aclara que los lineamientos dados en la Directiva n.° 13 de 2002 son optativos para las Entidades Territoriales Certificadas en el marco de su autonomía.