La Ley Orgánica de Presupuesto establece el procedimiento y el contenido que el Gobierno Nacional debe seguir para elaborar y presentar el presupuesto. En particular, señala que la satisfacción de necesidades en educación se considera un “gasto público social” que debe priorizarse sobre otras asignaciones y no puede disminuirse porcentualmente en relación al del año anterior. Es importante aclarar que cada año, el Congreso debe aprobar mediante una ley ordinaria el presupuesto de rentas del Estado.
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asp
Categories:
Regulatory management
Artículos:
Artículo 17
Idioma:
Español