El artículo 68 de la Constitución Política de Colombia 1991 establece que los miembros de los grupos étnicos tienen derecho a una educación que respete y desarrolle su identidad cultural.
El artículo 59 indica que el Ministerio de Educación Nacional (MEN), en concertación con los grupos étnicos, prestará asesoría especializada en el desarrollo curricular en la elaboración de textos y materiales educativos y en la ejecución de programas de investigación...
La Ley 715 de 2001 establece que es el Ministerio de Educación Nacional (MEN) quien debe vigilar el cumplimiento de las políticas nacionales de educación en los resguardos y entidades territoriales indígenas, y que estos pueden ser beneficiarios de recursos...
El Decreto 1075 de 2015 establece la creación de la Comisión Pedagógica Nacional de Comunidades Afrodescendientes y la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Educación para los Pueblos Indígenas como espacios para la formulación, seguimiento y evaluación de...
La Ley 70 de 1993 establece que la educación de las comunidades negras debe considerar el medio ambiente, el proceso productivo y toda su vida social y cultural. Por esta razón, se ordena que los currículos educativos se desarrollen a...
El artículo 55 define la etnoeducación como la educación ofrecida a grupos étnicos que forman parte de la nación y que poseen una cultura, lengua, tradiciones y derechos autóctonos propios y distintivos.
El Decreto Único Reglamentario del Sector Educación reconoce la atención educativa para grupos étnicos como parte del servicio público educativo, sustentado en un compromiso para desarrollar un proyecto global de vida de acuerdo con su cultura, su lengua, sus tradiciones...
En el numeral 3 del artículo 11 se establecen todas las acciones que los establecimientos educativos deben tomar para atender a las personas con discapacidad, como la identificación de barreras y necesidades, el seguimiento de la permanencia educativa y la...
De acuerdo con el Artículo 2.3.3.5.2.3.5., se establece que cada estudiante con discapacidad debe contar con un Plan Individual de Apoyos y Ajustes Razonables (PIAR), el cual será liderado por el docente de aula junto con el docente de apoyo,...