Los particulares tienen la posibilidad de fundar establecimientos educativos, pero deberán someterse a las normas que establezca la ley en materia educativa.
Los particulares tienen la posibilidad de fundar establecimientos educativos, pero deberán someterse a las normas que establezca la ley en materia educativa.
La Ley 1819 de 2016 permite a las personas jurídicas con ingresos superiores a 33?610 UVT, pagar hasta el 50?% de su impuesto de renta y complementarios a través de obras. Esta opción solo está disponible en municipios que han...
Los artículos 56 y 57 establecen que el servicio de capacitación permanente ofrecido a los educadores tiene como objetivo elevar su nivel académico y profesional, actualizar sus conocimientos pedagógicos, técnicas de administración o supervisión, especializar sus conocimientos y mejorar su...
El artículo 24 establece, entre otros requisitos para el ascenso en el escalafón, la capacitación del docente en el área específica de desempeño o en áreas generales, así como el tiempo de permanencia en cada grado del escalafón.
El artículo 38 establece que la formación, capacitación, actualización y perfeccionamiento de los educadores en servicio debe contribuir al mejoramiento de la calidad de la educación y a su crecimiento profesional, y estará dirigida a su profesionalización y especialización. El...
Por medio del numeral 8 del artículo 16 de la Ley 789 de 2002 se crea el Fondo para la Atención Integral de la Niñez y Jornada Escolar Complementaria (FONIÑEZ), cuyos recursos corresponden a lo destinado por las cajas de...
Con los recursos del Fondo para la Atención Integral de la Niñez y Jornada Escolar Complementaria (FONIÑEZ) pueden financiarse los gastos de mejora, adecuación, dotación y construcción de instalaciones. El artículo 2.2.7.6.2. señala que sus beneficiarios en Jornada Escolar Complementaria...
El artículo 32 establece que los cargos directivos en el ámbito educativo deben tener carácter docente y, por lo tanto, deben ser ocupados por educadores con escalafón. Entre ellos el director de escuela, el coordinador o prefecto de establecimiento, el...
El artículo 6 reconoce como actividades que desempeñan los directivos docentes: dirigir, planear, coordinar, y otras tareas relacionadas con la gestión de las instituciones educativas. Esta responsabilidad supone labores técnicas, pedagógicas y administrativas.